Nota n° 9150-2013
///PLATA, 5" de abril de 2013.
VISTO Y CONSIDERANDO: Las circunstancias de público
conocimiento acaecidas en la ciudad de La Plata en el día 2 de abril del corriente
año, y no siendo por el momento factible contar con el Decreto del Poder Ejecutivo
Provincial 63/13, resulta oportuno disponer los asuetos conforme resoluciones de
años anteriores;
POR ELLO, el señor Presidente de la Suprema Corte de Justicia, en
ejercicio de sus atribuciones,
R E S U E L V E :
1) Disponer asueto judicial con suspensión de los términos procesales -en las
fechas y por los motivos que en cada caso se indican- en los organismos y
dependencias con sede en las ciudades y partidos que se detallan a continuación, sin
perjuicio de la validez de los actos que se cumplan:
TANDIL 4 de abril, fundación
ciudad de PELLEGRINI 4 de abril, Fundación
SAN VICENTE 5 de abril, Patronal
ESTEBAN ECHEVERRÍA 9 de abril, Fundación
cuidad de CNEL. DORREGO 9 de abril, Fundación
BAHÍA BLANCA 11 de abril, Fundación
ciudad de TRENQUE LAUQUEN 12 de abril, Fundación
2) Conforme lo establece el art. 9 del Acuerdo 1864, deberán
arbitrarse las medidas que se juzguen convenientes a fin de establecer las guardias
necesarias.
3) Regístrese, comuniqúese, publíquese y póngase
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